Resolución de 12 de julio de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de islas inteligentes de la Agenda Digital para España (C-055/15-AE).

25/07/2016

Departamento:

Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Publicación:

BOE nº 176 de 22/07/2016, p. 51601 a 51602 (2 páginas)

TEXTO

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,considerando:

Primero.

Por Resolución de 31 de julio de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España (C-055/15-AE), que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 183, de 1 de agosto de 2015.

Segundo.

El Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de resolución de la «Convocatoria de concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España» el 24 de junio de 2016, la cual recogía el resultado del análisis de la evaluación técnica de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la Convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima. Dicha Propuesta fue publicada en el perfil del contratante de la Entidad el 1 de julio de 2016 y notificada de forma individual a los interesados.

Tercero.

En el apartado primero de la Propuesta del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales de 24 de junio de 2016 se proponía la desestimación de las solicitudes presentadas por los Cabildos de Gran Canaria, La Palma, Lanzarote y Tenerife, así como por los Consells de Menorca, Ibiza y Formentera por incumplir lo establecido en las bases reguladoras, fundamentándose los citados incumplimientos en los considerandos de la Propuesta.

Cuarto.

En el apartado tercero de la Propuesta de resolución del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, de 24 de junio de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a los Cabildos de El Hierro y Fuerteventura, y al Consell de Mallorca, haciendo referencia a la puntuación obtenida y al importe de la ayuda a conceder.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a su notificación a los interesados, para aceptar la propuesta de resolución.

En el plazo establecido, los representantes de los Cabildos de El Hierro y Fuerteventura y el Consell de Mallorca han manifestado la aceptación de la Propuesta del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales de 24 de junio de 2016.

Sexto.

Tal y como establece el apartado e) del artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha verificado el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria por parte de las entidades seleccionadas en el resultado del análisis de la evaluación de las solicitudes, conforme a los criterios de valoración recogidos en la base décima de las bases reguladoras.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Ver documento:

BOE-A-2016-7122