08/09/2017
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Publicación:
BOE nº 215 de 07/09/2017, p. 87884 a 87890 (7 páginas)
ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE EL MINISTRO DE ESTADO, MINISTRO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA FRANCESA Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR DEL REINO DE ESPAÑA RELATIVO AL REFUERZO DE LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE FORMACIÓN ENTRE LA GENDARMERÍA NACIONAL FRANCESA Y LA GUARDIA CIVIL ESPAÑOLA
El Ministro de Estado, Ministro del Interior de la República Francesa (en lo sucesivo «la Parte francesa») y el Ministerio del Interior del Reino de España (en lo sucesivo «la Parte española»), en lo sucesivo denominados conjuntamente «las Partes»;
Recordando las antiguas relaciones de amistad entre ambos Estados y deseosos de aportar cualquier contribución útil a la consolidación de estos privilegiados vínculos, en un contexto en el que los desafíos y amenazas transnacionales requieren una movilización cada vez más fuerte entre sus fuerzas de seguridad con el fin de garantizar al nivel más alto la seguridad de sus ciudadanos;
Subrayando las relaciones fraternales entre la Gendarmería Nacional y la Guardia Civil que se formalizaron en particular en la declaración conjunta entre el Director General de la Gendarmería Nacional francesa, el Comandante General del Arma de los Carabineros italianos y el Director General de la Guardia Civil española sobre el refuerzo de los vínculos entre sus respectivas instituciones, de fecha del 12 de mayo de 1994 y en la declaración conjunta entre el Director General de la Gendarmería Nacional de la República Francesa y el Director General de la Guardia Civil del Reino de España relativa al refuerzo de la cooperación entre sus instituciones de fecha del 28 de octubre de 2013;
Convencidos de la importancia de los intercambios de experiencias y de buenas prácticas, como los realizados en el marco de la Asociación de Gendarmerías y Fuerzas Policiales con estatuto militar Europeas y Mediterráneas (FIEP), y deseando reforzar la interoperabilidad entre fuerzas de tipo Gendarmería, con la vista puesta en participaciones conjuntas en especial a través de la Fuerza de Gendarmería Europea (FGE);
Deseando promover iniciativas ambiciosas e innovadoras en el marco de la formación policial, que representa una herramienta importante para mejorar la eficacia operativa de las fuerzas de seguridad interior y favorecer la aplicación de cooperaciones bilaterales mutuamente beneficiosas, y recordando a este respecto los términos de su encuentro en Málaga el pasado 20 de febrero;
Comprometidos con el desarrollo del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, a cuya construcción contribuyen de forma activa Francia y España, y deseando contribuir al refuerzo de la cooperación policial europea establecida en particular en el Capítulo 5 del Título V del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
Considerando el Convenio entre los Estados Partes del Tratado del Atlántico Norte relativo al Estatuto de sus Fuerzas, firmado en Londres el 19 de junio del 1951;
Han convenido lo siguiente:
Ver documento:
TEXTO ORIGINAL La Orden ECM/25/2024, de 19 de enero, por la que se dispone la creación…
TEXTO ORIGINAL Conforme a la reestructuración departamental aprobada a través del Real Decreto 829/2023, de 20 de…
Departamento: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo Publicación: BOE nº 254 de 24/10/2023, p. 50279…
Departamento: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Publicación: BOE nº 251 de 20/10/2023, p.…
Departamento: Ministerio de Justicia Publicación: BOE nº 178 de 27/07/2023, p. 109366 a 109376 (11…
Departamento: Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática Publicación: BOE nº…
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