Acuerdo de 2 de junio de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Galicia relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Social.

14/06/2016

Departamento:

Consejo General del Poder Judicial

Publicación:

BOE nº 143 de 14/06/2016, p. 39653 a 39655 (3 páginas)

TEXTO

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 20 de diciembre de 2013, acordó hacer público el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su reunión del día 20 de diciembre de 2013, relativo a la aprobación de la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Social del mencionado Tribunal Superior, del siguiente tenor literal:

I. Normas de reparto.

«1. Normas generales

Se mantiene el actual sistema igualitario de todo tipo de asuntos entre los magistrados integrantes de cada una de las secciones funcionales de la Sala. Dichos asuntos se repartirán por orden correlativo de entrada dentro de cada una de las materias existentes, objeto de recuro de suplicación, y que son las siguientes informáticamente dadas:

1) Conflictos colectivos.

2) Impugnación de convenio.

3) Derechos Fundamentales: Tutela.

4) Despido.

5) Rescisión contrato.

6) Otros derechos laborales (comprende: reconocimiento de derecho; reconocimiento de servicios; deshaucio vivienda; otros extremos; fijeza laboral).

7) Reclamación de cantidad (comprende: salarios; pluses antigüedad, penosidad y de otro tipo; Renfe; pagas extra; personal de la seguridad social y personal de la Xunta, dependiendo de lo reclamado.

8) Materia sindical.

9) Materia electoral.

10) Cesión ilegal.

11) Clasificación profesional.

12) Modificación de condiciones laborales.

13) Vacaciones.

14) Fondo de garantía salarial.

15) Sanción.

16) Incompetencia.

17) Reintegro de prestaciones.

18) Otros derechos de Seguridad Social (comprende: invalidez extra; reintegro de gastos; prestaciones a favor de familiares; prestaciones por hijo a cargo; indemnizaciones por accidente; indemnizaciones por convenio; indemnizaciones prejubilación; personal de la seguridad social y personal de la Xunta, dependiendo de lo reclamado).

19) Viudedad.

20) Asistencia sanitaria.

21) Incapacidad temporal (comprende: incapacidad laboral transitoria antigua; maternidad; riesgo durante lactancia).

22) Jubilación.

23) Jubilación no contributiva.

24) Orfandad.

25) Accidente de trabajo (comprende enfermedad profesional)

26) Accidente de trabajo grado.

27) Recargo de accidente (infracción de medidas de seguridad)

28) Alta/baja Seguridad Social.

29) Desempleo.

30) Incapacidad no contributiva (comprende: minusvalía).

31) Incapacidad permanente (comprende: invalidez y revisión de invalidez).

32) Impugnación de alta médica.

33) Incidente de ejecución.

34) Regulación empelo.

Ver documento:

BOE-A-2016-5790