Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se convocan ayudas en 2022 para la formación en relación con el transporte por carretera.
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Publicación:
BOE nº 129 de 31/05/2022, p. 26287 a 26288 (2 páginas)
TEXTO
BDNS(Identif.):629901
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/629901)
Primero. Beneficiarios:
Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, a asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.
Segundo. Objeto.
Ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre («BOE» de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre («BOE» de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas ayudas.
Cuarto. Cuantía.
Cuantía máxima: 3.858.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexto. Otros datos
La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.
El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el importe total de la subvención.
Los interesados podrán remitir cualquier consulta o aclaración al buzón: notifcur@mitma.es
Madrid, 24 de mayo de 2022.- La Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (P.D. Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre) La Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.
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