Extracto de la Resolución de 25 de abril de 2017, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se aprueba la convocatoria para la concesión en el año 2017 de subvenciones públicas destinadas a financiar la renovación de instalaciones en oficinas de empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal.

23/05/2017

Departamento:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Publicación:

BOE nº 122 de 23/05/2017, p. 38098 a 38099 (2 páginas)

TEXTO

BDNS(Identif.): 345234

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhafp.gob.es/ bdnstrans:

Primero. Beneficiarios.

Las Administraciones autonómicas titulares, o que puedan adquirir la titularidad, de las oficinas de empleo que se relacionan en el Anexo I de la resolución.

Segundo. Objeto.

Financiar los gastos derivados de las obras de renovación, adecuación y/o reparación de oficinas de empleo con presencia del personal del Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos y condiciones establecidas en el Anexo I de la resolución, que se realicen en un plazo máximo de dos años desde la notificación de la resolución de concesión.

En el caso de que la actuación consista en obras de renovación, adecuación y/o reparación de oficinas de empleo en un nuevo local, serán financiables los gastos correspondientes al arrendamiento de las instalaciones durante el periodo máximo de 18 meses.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ESS/763/2016, de 5 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a financiar la renovación de instalaciones y equipamientos para oficinas de empleo con personal del Servicio Público de Empleo Estatal (Boletín Oficial del Estado núm.: 121, de19 de mayo de 2016).

Cuarto. Cuantía.

Cuantía de la subvención para el año 2017 ha sido de: 20.000.000 euros.

La determinación de las cuantías individualizadas de las subvenciones se realizará en Base al Anexo I de la resolución que regula esta convocatoria, en proporción a la puntuación obtenida por aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de estas subvenciones recogidos en el artículo 7.2 de la misma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de abril de 2017.- Julio Angel Martínez Meroño, Director General de Servicio Público de Empleo Estatal.

 

Ver documento:

BOE-B-2017-31708