Resolución de 3 de noviembre de 2017, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

24/11/2017

Departamento:

Ministerio de Economía, Industria y Competitividad

Publicación:

BOE nº 284 de 22/11/2017, p. 113247 a 113248 (2 páginas)

 

TEXTO

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

En el mismo sentido, el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, dispone que la creación de los ficheros de titularidad pública sólo podrá llevarse a cabo por medio de disposición general o acuerdo publicados en el Boletín Oficial de Estado o diario oficial correspondiente, previendo el artículo 53 del citado Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que «cuando la disposición se refiera a los órganos de la Administración General del Estado o a las entidades u organismos vinculados o dependientes de las mismas, deberá revestir la forma de orden ministerial o resolución del titular de la entidad u organismo correspondiente».

Siendo el Instituto Nacional de Estadística un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, ha de entenderse que el alta de los ficheros de datos de carácter personal podrá realizarse mediante resolución del Presidente del INE.

En su virtud, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en los artículos 52 y 54 de su Reglamento de desarrollo, en lo que se refiere a la creación, modificación y supresión de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, y previo informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, resuelvo:

Primero. Objeto.

El objeto de esta resolución es la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal en el Instituto Nacional de Estadística.

Segundo. Ámbito de aplicación.

Esta resolución es de aplicación a los ficheros de datos de carácter personal existentes en el ámbito del Instituto Nacional de Estadística.

Tercero. Creación y modificación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el Anexo de la presente resolución.

Cuarto. Medidas de gestión y organización.

Los titulares de los órganos responsables de cada fichero de datos de carácter personal adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar las confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Disposición final única. Eficacia.

Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de noviembre de 2017.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Gregorio Izquierdo Llanes.

ANEXO

Ministerio de Economía, Industria y Competitividad

Ver documento:

BOE-A-2017-13468