Extracto del Acuerdo de 8 de junio de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan subvenciones a las Asociaciones Judiciales Profesionales para el año 2017.

19/06/2017

Departamento:

Consejo General del Poder Judicial

Publicación:

BOE nº 145 de 19/06/2017, p. 46089 a 46089 (1 página)

 

TEXTO

BDNS(Identif.):350591

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Primero.- Convocatoria.

Se convocan subvenciones a las Asociaciones Judiciales Profesionales con la finalidad de facilitar el funcionamiento general de las mismas y de fomentar el mayor dinamismo de cada Asociación en el desarrollo de sus actividades.

Segundo.- Objeto

Serán objeto de subvención, de conformidad con lo previsto en las bases reguladoras aprobadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2017 (BOE, de 5 de mayo de 2017):

1. Los gastos de organización y funcionamiento de las Asociaciones Judiciales.

2. La realización por las Asociaciones Judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa.

3. La efectiva implantación de las Asociaciones Judiciales en la Carrera Judicial.

4. Los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.

Tercero.- Bases reguladoras.

Aprobadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2017 (BOE, de 5 de mayo de 2017)

Cuarto.- Cuantía.

Las subvenciones se financiarán con cargo al capítulo IV, concepto 483, del Programa 111M del Presupuesto de gastos del Consejo General del Poder Judicial para el 2017, por un importe máximo de 401.980 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes de subvención por las Asociaciones Judiciales será de diez días siguientes a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta resolución

Madrid, 8 de junio de 2017.- El Presidente del Consejo general del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

Ver documento:

BOE-B-2017-38246